¿Cómo podemos ayudarte?
Conocer tu experiencia nos inspira a mejorar. Califica nuestra página web a través de la siguiente encuesta.
Si deseas realizar una solicitud, petición o sugerencia, puedes hacerlo a través de nuestro sistema SPQyF y contáctenos:
VolverElecciones Junta Directiva y Revisor Fiscal
Elecciones Junta Directiva y Revisor Fiscal
Junta Directiva

En reunión ordinaria, celebrada el 22 de enero de 2026, la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Bogotá reeligió como presidente al doctor Enrique Vargas Lleras de la firma Vargas Abogados y Cía. Ltda, y como vicepresidente al doctor Juan Pablo Fajardo Rodriguez de la firma ART Books Ediciones SAS.
El 1 de diciembre de 2022 se llevaron a cabo las elecciones de Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Bogotá, la cual está integrada por doce (12) miembros principales con sus respectivos suplentes, de los cuales ocho (8) son elegidos por el empresariado y cuatro (4) son delegados por el Gobierno Nacional.
Requisitos legales para elegir y ser elegido miembro de la Junta Directiva
Podrán elegir y ser elegidos miembros de la Junta Directiva aquellos comerciantes, personas naturales o jurídicas, que hayan ostentado ininterrumpidamente la calidad de Afiliado durante los dos (2) últimos años calendario previos al 31 de marzo de 2026 y que a la fecha de la elección conserven esta calidad para así integrar el censo electoral; este requisito significa que una persona debió adquirir la calidad de Afiliado a más tardar el 1 de abril de 2024, conforme al Oficio 303-057028 de la Superintendencia de Sociedades. Los Afiliados son aquellos comerciantes matriculados en el Registro Mercantil que, como consecuencia de la libre autonomía privada de asociación, solicitan afiliarse y cumplen con los requisitos y condiciones especiales previstos en los artículos 12 y 13 de la Ley 1727 de 2014.
Al momento de la votación se verificará la identidad de los Afiliados habilitados para votar. Las personas naturales votarán personalmente. Las personas jurídicas votarán únicamente a través de cualquiera de sus representantes legales inscritos en el Registro Mercantil. Los Afiliados habilitados para votar podrán hacerlo por el canal de su preferencia:
En el mecanismo virtual, el votante deberá ingresar a la plataforma http://elecciones.ccb.org.co con su clave virtual y completar el mecanismo de autenticación dispuesto mediante autenticación biofacial o código temporal enviado a un número de telefonía móvil colombiana con indicativo internacional +57 o a un correo electrónico registrado.
En el mecanismo presencial, la identidad será verificada por el Jurado de Votación. Los ciudadanos colombianos solo podrán identificarse con cédula de ciudadanía, en cualquiera de sus formatos válidos. No se permitirá votar con contraseña, licencia de conducción u otro documento. Los nacionales extranjeros deberán identificarse con Pasaporte, Cédula de Extranjería o Permiso por Protección Temporal (PPT), siempre que el documento coincida con el inscrito en el Registro Mercantil o permita al Jurado de Votación verificar de manera clara e
inequívoca que se trata del mismo votante habilitado
.
Los candidatos a miembros de Junta Directiva, además de integrar el censo electoral, deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 85 del Código del Comercio, entre ellos: ser ciudadano colombiano en ejercicio de sus derechos políticos; no haber sido sancionado por ninguno de los delitos allí señalados; estar domiciliado en Bogotá, D.C., o en cualquiera de los municipios de la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Bogotá; ser persona de reconocida honorabilidad; y, no ejercer el cargo de miembro de Junta Directiva en otra Cámara de Comercio. Los miembros de la Junta Directiva solo podrán reelegirse de manera inmediata por una sola vez. Así mismo, los candidatos no podrán encontrarse incursos en las inhabilidades e incompatibilidades previstas en el artículo 9 de la Ley 1727 de 2014
Los interesados en inscribir listas de candidatos deberán presentar su inscripción dentro de los plazos establecidos para el proceso electoral, diligenciar en su totalidad los formatos publicados y cumplir las reglas de postulación previstas en el artículo 2.2.2.38.3.2 del Decreto 1074 de 2015, con el fin de que la inscripción pueda ser estudiada y tramitada por la Cámara de Comercio de Bogotá.
Las reglas de postulación señaladas en el artículo 2.2.2.38.3.2. del Decreto 1074 de 2015 exigen que cada renglón de la lista se presente con fórmula de miembro principal y suplente; que tanto el candidato principal como el suplente cumplan la totalidad de los requisitos para participar en las elecciones; que ningún candidato aparezca inscrito en más de una lista, bien sea como principal o suplente; y, que la lista contenga como máximo ocho (8) renglones.
Los Afiliados que deseen postularse como candidatos a miembro de la Junta Directiva deberán diligenciar en su totalidad los formatos publicados a continuación y presentarlos ante la Cámara de Comercio de Bogotá en los términos indicados en este enlace que detalla el lugar y fecha límite para la inscripción de listas de candidatos.
VER FORMATOS PARA LA INSCRIPCIÓN:
Modelo de solicitud de inscripción de listas de Candidatos
Constancia de aceptación personas naturales
Constancia de aceptación personas jurídicas