“Los Afiliados habilitados para votar podrán elegir ocho (8) de los doce (12) miembros de la Junta Directiva, con sus respectivos suplentes personales, para el periodo 2027 – 2030.
Nota: el Código de Comercio permite reelección inmediata por una sola vez; por tal motivo, no podrán ser elegidos para el período 2027-2030 quienes hayan integrado la Junta Directiva durante los dos períodos inmediatamente anteriores, ni los representantes legales de las personas jurídicas elegidas durante dichos períodos.
Los cuatro (4) miembros restantes, con sus respectivos suplentes personales serán designados por el gobierno nacional.”