Los candidatos postulados a la Junta Directiva se deben identificar en los términos del numeral 5 del artículo 2.2.2.38.3.2 “(…) 5.1. Cuando el candidato sea persona natural: el nombre completo y la cédula de ciudadanía; 5.2. Cuando se trate de una persona jurídica únicamente se indicará la razón social y su NlT (…)”. Además, acorde con el numeral 4.3 del artículo 2.2.2.38.3.9. se precisa que no se relacionará el nombre los representantes legales de los candidatos que son personas jurídicas.