Información importante: Depuración de los registros
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Registros publicos

En virtud del artículo 31 de la Ley 1727 de 2014, las personas naturales, jurídicas y los establecimientos de comercio, que no han renovado la matrícula mercantil o su inscripción en los últimos cinco (5) años, serán depurados del registro en el que se encuentra registrados:
Las personas jurídicas: sociedades o entidades, quedarán disueltas y en estado de liquidación
Las personas naturales y establecimientos de comercio, se le cancelará la matrícula mercantil.
Como consecuencia de lo anterior, una vez depurada la inscripción, se pierden los beneficios y/o ventajas de encontrarse correctamente formalizado y en cumplimiento de los deberes legales.
