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Obtén gratuitamente las certificaciones derivadas de tu registro mercantil, sin exceder el monto de tu cuota de afiliación. Descarga tus certificados aquí (Recuerda borrar el historial de navegación para que puedas ingresar de manera correcta) ¡Trabajamos para entregarte el mejor servicio! Si presentas algún inconveniente en la descarga de certificados gratuitos, comunícate con un asesor al teléfono (601) 3830330. Agradecemos tu comprensión.

Házlo de forma virtual, desde la comodidad de tu oficina o casa, a través de nuestra página web.

Si deseas realizar este trámite directamente en cualquiera de nuestras sedes, recuerda que es de carácter obligatorio presentar el carné que te acredita como Afiliado.

Certificados que se pueden requerir:

  • Certificado de Matrícula Mercantil

  • Certificado de Existencia y Representación Legal o inscripción de documentos de registro mercantil

  • Sociedad de hecho

  • Certificado de libros de comercio

  • Establecimiento comercial, sucursal y/o agencia (este certificado se debe solicitar únicamente por correo electrónico afiliados2@ccb.org.co)

Certificados especiales:

Sigue las siguientes indicaciones para solicitar tus certificados especiales: (históricos, textuales y negativo de libros de comercio).

  • Descarga y diligencia este formato para solicitar el o los certificados especiales requeridos.

  • Envía el formato al correo electrónico afiliados2@ccb.org.co autorizando e informando el código de seguridad que se encuentra en el carné que te acredita como afiliado

  • Internamente se solicitará el certificado requerido y se te descontará del cupo de certificados a que tienes derecho como afiliado.

*Te informamos que el tiempo de respuesta para trámites de certificados especiales (históricos y textuales), será entre 3 y 5 días hábiles, después de su solicitud.

Ten en cuenta que:

  1. Se considera afiliado activo aquel que tiene vigente su matrícula mercantil y su afiliación para el año en curso.

  2. El valor calculado para el cupo de certificados por afiliado se hará con base en la tarifa que pague por concepto de membresía para el año en curso.

  3. Los saldos del cupo para certificados gratuitos no son acumulables de un año para otro. En consecuencia, a partir de la fecha de renovación de la membresía, se iniciará el nuevo cupo para solicitar certificados gratuitos, el cual tendrá vigencia hasta el 31 de marzo del año siguiente o hasta la siguiente renovación, lo primero que ocurra.

  4. En caso de agotar tu cupo con anticipación, deberás cancelar el valor correspondiente a los certificados adicionales que solicites.

  5. Cuando el afiliado no renueva su matrícula mercantil y/o su afiliación en el primer trimestre de cada año, el cupo que tuviese para certificados gratuitos quedará en $0 a partir del 1 de abril del año en curso.

  6. El afiliado que tenga un saldo a favor, que no alcance a cubrir el costo total de un certificado, podrá pagar el excedente para adquirir un único certificado de su propia razón social. Este trámite aplica únicamente en las Sedes de atención al público.

* No aplica para certificados del registro único de proponentes (RUP).

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